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Veracruz

Veracruz

Empresas de seguridad privada en Veracruz. Autorización ante la Coordinación de Servicios de Seguridad Privada, vigencia de 1 año, con ratificación anual.

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[ 01 — Padrón local ]

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en Veracruz

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[ 03 — Marco local ]

Quién autoriza aquí

Autoriza
Coordinación de Servicios de Seguridad Privada
Dependencia
Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública
Vigencia
1 año, con ratificación anual
Modalidades
4 en la ley local
Registro
Registro Estatal de Servicios de Seguridad Privada

[ 04 — Contexto ]

Consultar un proveedor de seguridad privada en Veracruz exige revisar el marco local: la autorización se otorga por entidad y por modalidad, y las reglas cambian de un estado a otro.

01

Quién autoriza aquí

Veracruz no cuenta con una ley específica de seguridad privada. La materia se regula mediante Ley Número 489 del Sistema Estatal de Seguridad Pública, Título Sexto, en conjunto con la legislación estatal de seguridad pública.

La instancia que tramita y otorga la autorización es la Coordinación de Servicios de Seguridad Privada, adscrita a la Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública.

Datos clave

  • Vigencia de la autorización: 1 año, con ratificación anual.
  • Modalidades reconocidas: 4 (Art. 374). La autorización ampara solo las modalidades que declara, así que debe coincidir con el servicio que vas a contratar.
  • Registro estatal: Registro Estatal de Servicios de Seguridad Privada.

Marco muy reciente: la ley vigente se publicó en diciembre de 2025 y sustituyó a la anterior. El estado publica un padrón de empresas con registro vigente.

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Si tu proveedor opera en más de un estado

La autorización estatal solo ampara el territorio de Veracruz. Cuando una empresa presta servicios en dos o más entidades federativas aplica además la Ley Federal de Seguridad Privada, cuya autorización es un documento distinto con vigencia de un año. Pide el que corresponda al lugar donde vas a recibir el servicio.

[ 05 — Enlaces relacionados ]

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