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Aguascalientes

Aguascalientes

Empresas de seguridad privada en Aguascalientes. Autorización ante la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, vigencia de 1 año, revalidable.

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[ 03 — Marco local ]

Quién autoriza aquí

Autoriza
Secretaría de Seguridad Pública del Estado
Dependencia
Gobierno del Estado de Aguascalientes
Vigencia
1 año, revalidable
Modalidades
5 en la ley local
Registro
Registro Estatal de los Prestadores de Servicios, Personal y Equipo de Seguridad Privada

[ 04 — Contexto ]

Consultar un proveedor de seguridad privada en Aguascalientes exige revisar el marco local: la autorización se otorga por entidad y por modalidad, y las reglas cambian de un estado a otro.

01

Quién autoriza aquí

La norma aplicable es la Ley de Seguridad Privada del Estado de Aguascalientes.

La instancia que tramita y otorga la autorización es la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, adscrita al Gobierno del Estado de Aguascalientes.

Datos clave

  • Vigencia de la autorización: 1 año, revalidable.
  • Modalidades reconocidas: 5 (Art. 8). La autorización ampara solo las modalidades que declara, así que debe coincidir con el servicio que vas a contratar.
  • Registro estatal: Registro Estatal de los Prestadores de Servicios, Personal y Equipo de Seguridad Privada.

La ley no designa una dirección específica: la competencia recae directamente en la Secretaría, y el registro lo opera el C5i. Dos de las modalidades originales fueron derogadas en 2023.

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Si tu proveedor opera en más de un estado

La autorización estatal solo ampara el territorio de Aguascalientes. Cuando una empresa presta servicios en dos o más entidades federativas aplica además la Ley Federal de Seguridad Privada, cuya autorización es un documento distinto con vigencia de un año. Pide el que corresponda al lugar donde vas a recibir el servicio.

[ 05 — Enlaces relacionados ]

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