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Querétaro

Querétaro

Empresas de seguridad privada en Querétaro. Autorización ante la Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada, vigencia de 1 año, refrendable anualmente.

Empresas
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[ 03 — Marco local ]

Quién autoriza aquí

Autoriza
Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada
Dependencia
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado
Vigencia
1 año, refrendable anualmente
Registro
Registro Estatal de Empresas de Seguridad Privada

[ 04 — Contexto ]

Consultar un proveedor de seguridad privada en Querétaro exige revisar el marco local: la autorización se otorga por entidad y por modalidad, y las reglas cambian de un estado a otro.

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Quién autoriza aquí

Querétaro no cuenta con una ley específica de seguridad privada. La materia se regula mediante el Reglamento para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Querétaro, en conjunto con la legislación estatal de seguridad pública.

La instancia que tramita y otorga la autorización es la Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada, adscrita a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado.

Datos clave

  • Vigencia de la autorización: 1 año, refrendable anualmente.
  • Registro estatal: Registro Estatal de Empresas de Seguridad Privada.

Ninguno de los ordenamientos aplicables enumera modalidades como tales: el reglamento solo menciona cuatro tipos de servicio sin catalogarlos.

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Si tu proveedor opera en más de un estado

La autorización estatal solo ampara el territorio de Querétaro. Cuando una empresa presta servicios en dos o más entidades federativas aplica además la Ley Federal de Seguridad Privada, cuya autorización es un documento distinto con vigencia de un año. Pide el que corresponda al lugar donde vas a recibir el servicio.

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