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Guerrero

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Empresas de seguridad privada en Guerrero. Autorización ante la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada, vigencia de 1 año.

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[ 03 — Marco local ]

Quién autoriza aquí

Autoriza
Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada
Dependencia
Secretaría de Seguridad Pública del Estado
Vigencia
1 año; se revalida durante enero
Modalidades
6 en la ley local
Registro
Registro Estatal de Empresas, Personal, Armamento y Equipo de Seguridad Privada

[ 04 — Contexto ]

Consultar un proveedor de seguridad privada en Guerrero exige revisar el marco local: la autorización se otorga por entidad y por modalidad, y las reglas cambian de un estado a otro.

01

Quién autoriza aquí

La norma aplicable es la Ley Número 850 de Seguridad Privada del Estado de Guerrero.

La instancia que tramita y otorga la autorización es la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada, adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.

Datos clave

  • Vigencia de la autorización: 1 año; se revalida durante enero.
  • Modalidades reconocidas: 6 (Art. 8). La autorización ampara solo las modalidades que declara, así que debe coincidir con el servicio que vas a contratar.
  • Registro estatal: Registro Estatal de Empresas, Personal, Armamento y Equipo de Seguridad Privada.

Es de las leyes más recientes del país: se publicó en agosto de 2024.

02

Si tu proveedor opera en más de un estado

La autorización estatal solo ampara el territorio de Guerrero. Cuando una empresa presta servicios en dos o más entidades federativas aplica además la Ley Federal de Seguridad Privada, cuya autorización es un documento distinto con vigencia de un año. Pide el que corresponda al lugar donde vas a recibir el servicio.

[ 05 — Enlaces relacionados ]

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